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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.otherÁlvarez Alcívar, María Fernanda-
dc.creatorEcuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir-
dc.date.accessioned2016-05-19T15:13:43Z-
dc.date.available2016-05-19T15:13:43Z-
dc.date.issued2016-01-25-
dc.identifier.citationDefensoría del Pueblo de Ecuador. (2016). Resolución No. 001-DPE-DGT-2016 (Debido proceso - extrabajadores empresa petrolera) [versión Adobe Reader]. Quito: DPE.es_ES
dc.identifier.otherDGT-DPE-005-2016-
dc.identifier.urihttp://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1259-
dc.description.abstractEl Ab. Fernando Romo Carpio solicitó a la Defensoría del Pueblo realizar la vigilancia del debido proceso en la audiencia de estrados dentro de la solicitud de medidas cautelares a realizarse en la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, por cuanto un grupo de extrabajadores del Consorcio Petrolero Bloque 18, conformado por las compañías Petrobrás Energía Ecuador y Ecuador TLC, presumían que en esa instancia se podrían vulnerar sus derechos. Realizado el trámite defensorial respectivo, la Dirección Nacional de Derechos del Buen Vivir de la Defensoría del Pueblo resolvió determinar que no existió violación del debido proceso en la audiencia de estrados mencionada.es_ES
dc.format.extent4 p.es_ES
dc.language.isoespes_ES
dc.publisherQuito: Defensoría del Pueblo de Ecuadores_ES
dc.subjectDERECHO AL DEBIDO PROCESOes_ES
dc.subjectSEGURIDAD JURÍDICAes_ES
dc.titleResolución No. 001-DPE-DGT-2016 (Debido proceso - extrabajadores empresa petrolera)es_ES
dc.typeResoluciónes_ES
Aparece en las colecciones: Documentos defensa derechos

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