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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.creatorArgentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires-
dc.date.accessioned2016-12-19T19:32:23Z-
dc.date.available2016-12-19T19:32:23Z-
dc.date.issued2016-12-07-
dc.identifier.citationArgentina. Centro de Referencia Documental del Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires. (2016). Boletín semanal N° 230. Buenos Aires: CRD.es_ES
dc.identifier.otherBoletín 230-
dc.identifier.urihttp://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1426-
dc.description.abstractLa Justicia porteña ordenó al Registro de Estado Civil que rectifique la partida de nacimiento de un niño y consigne que es hijo de dos madres, sin discriminación, tachaduras o enmienda alguna. El fallo recordó la nueva normativa, en la que se fija que “los integrantes de las familias, cuyo origen esté constituido por personas del mismo sexo, tendrán los mismos derechos y obligaciones".es_ES
dc.format.extent4 p.es_ES
dc.language.isoespes_ES
dc.publisherBuenos Aires: Defensoría del Puebloes_ES
dc.subjectNIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTESes_ES
dc.subjectDERECHO A LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓNes_ES
dc.subjectINTERÉS SUPERIOR DEL NIÑOes_ES
dc.titleBoletín semanal N° 230es_ES
dc.typeBoletínes_ES
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