Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1368
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.otherBenalcázar Alarcón, Patricio-
dc.creatorEcuador. Defensoría del Pueblo. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza-
dc.date.accessioned2016-09-23T21:22:49Z-
dc.date.available2016-09-23T21:22:49Z-
dc.date.issued2016-08-30-
dc.identifier.citationDefensoría del Pueblo de Ecuador. Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza. Caso Olga Catalina Reyes Merejildo en contra de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia e Innovación (Senescyt). Resolución de Revisión N° 075-ADHN-DPE-2016, Quito, 30 de agosto de 2016.es_ES
dc.identifier.otherREV-DPE-075-2016-
dc.identifier.urihttp://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1368-
dc.description.abstractLa Adjuntía de Derechos Humanos y de la Naturaleza revisó de oficio la Resolución Defensorial s/n, emitida el 18 de marzo de 2015, por la Coordinación General Defensorial Zonal 8 (Guayaquil). En la petición inicial la Sra. Olga Catalina Reyes Merejildo, madre del joven Eduardo Paúl Cando Reyes, había acudido a la Defensoría del Pueblo porque, tras dos intentos, su hijo no podía acceder a un cupo para cursar la carrera de su elección. La señora había solicitado el apoyo de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia e Innovación, considerando que su hijo tiene una enfermedad catastrófica, sin resultado alguno. Se analiza el derecho a acceder a servicios públicos de calidad. Del análisis del expediente se observa la disposición del Senescyt a brindar apoyo para el joven mediante asesoría y preparlo para que nuevamente se postule para obtener un cupo. La Adjuntía resuelve rectificar la Resolución recurrida en los siguientes términos: acepta la petición presentada por la Sra. Reyes Merejildo, en representación de su hijo Paúl Cando Reyes; reconoce a las autoridades de Senescyt que actuaron de conformidad al mandato constitucional, subsanando los requerimientos de la peticionaria; y les recomienda implementar un proceso para la atención de casos específicos que requieran una atención prioritaria, en cumplimiento a los estándares analizados en los servicios públicos de óptima calidad. Finalmente, se deja a salvo el ejercicio de las acciones judiciales o administrativas de las que se crean asistidas las partes.es_ES
dc.format.extent11 p.es_ES
dc.language.isoespes_ES
dc.publisherQuito: Defensoría del Pueblo de Ecuadores_ES
dc.subjectEDUCACIÓN SUPERIORes_ES
dc.subjectENFERMEDADES CATASTRÓFICASes_ES
dc.subjectSERVICIOS PÚBLICOS DE CALIDADes_ES
dc.titleCaso Olga Catalina Reyes Merejildo en contra de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia e Innovación (Senescyt). Resolución de Revisión N° 075-ADHN-DPE-2016es_ES
dc.typeRecurso de revisiónes_ES
Aparece en las colecciones: Documentos defensa derechos

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
REV-DPE-075-2016.pdfDOCUMENTO A TEXTO COMPLETO3.71 MBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.