Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1658
Tipo de material: Resolución
Título : Caso José Moreira contra la Clínica Kennedy Alborada. Resolución Defensorial No. 003-DPE-CGDZ4.M-2017-RP
Autoría : Ecuador. Defensoría del Pueblo. Coordinación General Defensorial Zonal 4
Colaboración : Fernández Bravo, María José
Resumen / Abstract: El señor José Moreira acude a la Coordinación General Defensorial Zonal 4 y expresa que producto del terremoto del 16 de abril de 2016 su vivienda ubicada en el cantón Manta fue reducida a escombros, sufriendo lesiones graves en su pie derecho por aplastamiento, fue trasladado a la Clínica Kennedy Alborada de la ciudad de Guayaquil, donde dio a conocer que es afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social; en ese contexto la clínica puso trabas para la atención que requería, por lo que tuvo que desembolsar cantidades de dinero. Se resuelve establecer que existen severas presunciones de que personal de la clínica mencionada inobservó lo previsto en el artículo 7 literal j) de la Ley Orgánica de Salud, artículo 9 de la Ley de Derechos y Amparo del Paciente y Art. 4 del Reglamento para el pago por servicios de salud en casos de emergencia concedidos por prestadores externos a los asegurados del IESS.
Fecha de Publicación : 10-abr-2017
Cita Sugerida : Defensoría del Pueblo de Ecuador. Coordinación General Defensorial Zonal 4.Caso José Moreira contra la Clínica Kennedy Alborada. Resolución Defensorial No. 003-DPE-CGDZ4.M-2017-RP, 10 de abril de 2017
URI : http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/1658
Páginas: 21 p.
Descriptores / Subjects : DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL
IESS
DERECHO A LA SALUD
DERECHO DE PETICIÓN
Ciudad: Editorial : Manta
Aparece en las colecciones: Documentos defensa derechos

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
MN-DPE-003-2017.pdf5.2 MBAdobe PDFVista previa
Visualizar/Abrir


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.