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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorCarrión Intriago, Freddy-
dc.contributor.authorMaldonado López, Carmen Marianela-
dc.contributor.authorHidalgo Vélez, Gabriela Isabel-
dc.contributor.authorBurbano Villarreal, Harold Andrés-
dc.creatorEcuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional del Mecanismo de Prevención de la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes-
dc.date.accessioned2020-12-16T21:32:10Z-
dc.date.available2020-12-16T21:32:10Z-
dc.date.issued2020-06-18-
dc.identifier.citationDefensoría del Pueblo de Ecuador. (2020). Acción de protección contra el Ministerio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores y el Directorio del Organismo Técnico de Rehabilitación Social ante la omisión de esas instituciones en la toma de acciones idóneas, efectivas y adecuadas para garantizar los derechos de las personas privadas de libertad y de quienes trabajan al interior de los centros carcelarios en el contexto de la covid-19 . http://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/2816es_ES
dc.identifier.otherDPE-DNMPCTOTPCID-2020-001-AJ-
dc.identifier.urihttp://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/2816-
dc.description.abstractLa Defensoría del Pueblo de Ecuador presentó una acción de protección contra el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) y el Directorio del Organismo Técnico de Rehabilitación Social para tutelar el derecho a la vida e integridad personal y el derecho a la salud de las personas privadas de libertad (PPL) y de las personas que trabajan al interior de los centros bajo la responsabilidad del SNAI. La vulneración a los derechos mencionados deriva de la omisión de esas instituciones en la toma de acciones idóneas, efectivas y adecuadas para garantizar los derechos constitucionales en el contexto de la COVID-19. La acción de protección fue parcialmente aceptada como medida de reparación se dispuso que el MSP, en coordinación con el SNAI, designen brigadas de salud especializadas para conocer el estado de salud de las PPL y de las personas que trabajan al interior de los centros carcelarios del país; que se realicen pruebas de covid-19 de preferencia PCR y cercos epidemiológicos adecuados para prevenir contagios masivos. Proveer de mascarillas, de preferencia NK95, kits de aseo y alcohol antiséptico. Dotar de insumos médicos suficientes y adecuados para tratar la covid-19, y equipamiento de bioseguridad para el personal médico de los centros carcelarios. Se dispuso que el MSP realice inspecciones periódicas y asesore en torno a las condiciones de saneamiento, climatización, iluminación y ventilación de las áreas establecidas para la separación de pacientes con síntomas y con diagnóstico de COVID-19 positivo. Respecto del acceso permanente al agua potable se dispuso al SNAI gestionar o insistir ante los gobiernos autónomos descentralizados municipales, empresas públicas municipales de agua potable, entre otras, sobre el acceso al agua, así como ante las instituciones responsables de garantizar el suministro de agua potable y saneamiento, para que autoricen o faciliten los trámites.es_ES
dc.description.tableofcontentsAcción de protección. (18 de junio de 2020). Sentencia de primera instancia. Unidad Judicial Penal con sede en la parroquia Iñaquito del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. Juicio n.° 17294-2020-00448. (16 de julio de 2020).es_ES
dc.language.isoespes_ES
dc.publisherQuito: Defensoría del Puebloes_ES
dc.rightsAtribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Ecuador*
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ec/*
dc.subjectDERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONALes_ES
dc.subjectDERECHO A LA INTEGRIDAD PERSONALes_ES
dc.subjectPERSONAS PRIVADAS DE LIBERTADes_ES
dc.subjectACCIÓN DE PROTECCIÓNes_ES
dc.subjectCOVID-19es_ES
dc.titleAcción de protección contra el Ministerio de Salud Pública, el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores y el Directorio del Organismo Técnico de Rehabilitación Social ante la omisión de esas instituciones en la toma de acciones idóneas, efectivas y adecuadas para garantizar los derechos de las personas privadas de libertad y de quienes trabajan al interior de los centros carcelarios en el contexto de la covid-19es_ES
dc.typeCompendioes_ES
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