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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.contributor.authorCárdenas Valladares, Alexandra-
dc.creatorEcuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos Colectivos, Naturaleza y Ambiente-
dc.date.accessioned2015-06-19T16:30:43Z-
dc.date.available2015-06-19T16:30:43Z-
dc.date.issued2014-07-09-
dc.identifier.citationEcuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Derechos Colectivos, Naturaleza y Ambientees_ES
dc.identifier.otherPCA-DGT-030-2014-
dc.identifier.urihttp://repositorio.dpe.gob.ec/handle/39000/733-
dc.description.abstractSe acepta la petición de vigilancia del debido proceso solicitada por Veeduría Ciudadana. Al resolver la petición, la Defensoría recomienda a la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha que a futuro tome en consideración lo establecido en el Art. 75 y 76 de la Constitución de la República en lo que respecta al Derecho de Protección-debido proceso (Principio de seguridad jurídica) y arts. 8.1 y 25.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos sobre los Principios de inmediación y celeridad; derecho a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia dentro de un plazo razonable.es_ES
dc.format.extent12 p.es_ES
dc.language.isoespes_ES
dc.publisherQuito: Defensoría del Pueblo de Ecuadores_ES
dc.subjectDERECHO AL DEBIDO PROCESOes_ES
dc.subjectSEGURIDAD JURÍDICAes_ES
dc.subjectPRINCIPIO DE CELERIDADes_ES
dc.subjectPRINCIPIO DE INMEDIACIÓNes_ES
dc.titleResolución 030-DPE-DGT-2014 (Veeduría Ciudadana en caso Fabricio Correa)es_ES
dc.typeResoluciónes_ES
Aparece en las colecciones: Documentos defensa derechos

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